ENSAYO SOBRE LO QUE NO ES PERIODISMO
Pedro Taracena Gil
Periodista NO del Régimen del 78
La Constitución española de 1978.
Título I. De los derechos y deberes fundamentales
Capítulo segundo. Derechos y libertades
Sección 1.ª De los derechos fundamentales y de las libertades públicas
Artículo 20
- Se reconocen y protegen los derechos: A/ Expresar y difundir libremente los pensamientos, ideas y opiniones mediante la palabra, el escrito o cualquier otro medio de reproducción.B/ A la producción y creación literaria, artística, científica y técnica.C/ A la libertad de cátedra. D/A comunicar o recibir libremente información veraz por cualquier medio de difusión. La ley regulará el derecho a la cláusula de conciencia y al secreto profesional en el ejercicio de estas libertades.
- El ejercicio de estos derechos no puede restringirse mediante ningún tipo de censura previa.
- La ley regulará la organización y el control parlamentario de los medios de comunicación social dependientes del Estado o de cualquier ente público y garantizará el acceso a dichos medios de los grupos sociales y políticos significativos, respetando el pluralismo de la sociedad y de las diversas lenguas de España.
- Estas libertades tienen su límite en el respeto a los derechos reconocidos en este Título, en los preceptos de las leyes que lo desarrollen y, especialmente, en el derecho al honor, a la intimidad, a la propia imagen y a la protección de la juventud y de la infancia.
- Sólo podrá acordarse el secuestro de publicaciones, grabaciones y otros medios de información en virtud de resolución judicial.
PRIMERA PARTE
La Constitución Española de 1978 vino a suprimir la censura franquista en materia de libertad de información; suprimiendo el NO-DO heredero del Parte de Guerra y único órgano de propaganda del régimen. El Gobierno de la Dictadura mantuvo hasta la muerte del genocida, los Partes divulgativos en exclusiva de Radio Nacional de España, a las dos y media de la tarde y a las diez de la noche. Acompañados por el himno nacional. En la prensa escrita se imponía la censura más férrea.
La Constitución Española de 1978, que nadie se rasgue las vestiduras, pero siendo un documento legal carece de legitimidad. El régimen franquista fue una dictadura legal, pero a todas luces ilegítima. La legitimidad del Caudillo de España que lo fue por la Gracia de Dios, hunde sus raíces en su victoria en la Guerra Civil que él provocó después de dar un cruento Golpe de Estado. Mientras consumaba el Genocidio con la implantación de una dictadura militarista arropada por el nacionalcatolicismo, gestó la instauración de la Monarquía en la persona de Juan Carlos de Borbón, aunque el heredero de la Corona era Don Juan, Conde de Barcelona. Muerto el genocida, Juan Carlos y Adolfo Suárez urdieron un referéndum sobre la reforma política, metiendo de rondón la Monarquía. En una pregunta sobre la Reforma Política metieron nada más y nada menos que la forma de Estado. En todo el proceso político desde 1936 hasta nuestros días, reinado de Felipe VI, se ha confundido y tergiversado no exento de mala voluntad, la Legalidad, la Legitimidad y la Justicia. Esta perversión ha sido ejecutada al margen del pueblo. Desde el 18 de julio de 1936 hasta el exilio voluntario de Juan Caros I, se ha llevado a cabo una perversa planificación consistente en derribar la República y traer la Monarquía.
La Constitución de la República Española determina que:
Desde 1931 hasta 1939 el pueblo fue protagonista de su destino.
A partir del 18 de Julio de 1936 fueron un grupo de criminales quienes se propusieron derribar el régimen republicano: El Ejército, La Banca March, La Iglesia, La Falange Española y de las JONS, los Terratenientes y los Caciques. Apoyados en el Golpe de Estado por los Nazis alemanes y los Fascistas italianos.
Durante la Dictadura se mantuvo el No-DO y la Prensa estuvo secuestrada por el franquismo.
La Constitución Española de 1978 se diseñó de espaldas al pueblo: Sin participación de los intelectuales y científicos, universidades, sindicatos, juventud, empresarios, mujeres y hombres del pueblo llano. La Constitución tuvo Siete Padres.
Miguel Herrero (UCD)
Gabriel Cisneros (UCD)
Jordi Solé Tura (PCE)
Miquel Roca (Minoría catalana).
Manuel Fraga (AP)
José Pedro Pérez-Llorca (UCD)
Gregorio Peces-Barba (PSOE)
Es evidente que la UCD y AP cubrían todas las sensibilidades del franquismo. El PCE y PSOE renunciaron a sus principios republicanos en aras de frenar una hipotética involución. Las ansias de poder les llevó a la gran traición de la Transición. Los nacionalistas vascos y catalanes, ambas formaciones conservadoras, lograron establecer el título VIII de la Constitución. Los vascos mantuvieron el Fuero y los catalanes habían logrado legalizarla la Generalitat abriendo la puerta del Rey de España “al nostre President Tarradellas”.
Este estado de cosas ha sido mantenido y propiciado por los Medios de Comunicación financiados por los mismos que provocaron la caída de la República y sostenido la Santa Transición; tutelando la Constitución atada y bien atada.
SEGUNDA PARTE
LA REFORMA POLÍTICA
La pregunta planteada fue: «¿Aprueba el Proyecto de Ley para la Reforma Política?». El resultado final fue la aprobación del proyecto, al recibir el apoyo del 94,17 % de los votantes. Al referendo acudieron a votar el 77,8 % de los electores.
Esta fue la primera piedra para seguir con la Gran Farsa. Es decir, la legitimidad de un genocida llamado Francisco Franco que tenía su origen en haber obtenido la Victoria exterminando la República, se arrogó el derecho de planificar la vuelta de la Monarquía Española, nombrando como sucesor, no al heredero de la Corona Juan de Borbón sino a su hijo Juan Calos de Borbón. Así que se trataba de una instauración y no una restauración de la realeza depuesta por la República.
Retomemos la pregunta del referéndum:
«¿Aprueba el Proyecto de Ley para la Reforma Política?»
Sin más explicación se trataba de decir Sí al contenido implícito siguiente:
¿Acepta el cambio de sistema político de una Dictadura (Democracia Orgánica) botín de guerra de un golpe de estado sobre la República, por una Monarquía derrocada por el pueblo y traída del exilio?
Es fácil pensar que el origen de este referéndum no fue una expresión democrática, libre y sobre todo verdadera. Cómo es posible que en la pregunta no se mencionara que se trataba de una farsa, porque qué opción habría existido para aquellos españoles que dijeran No. El vacío, la nada o la continuidad de la dictadura. En Europa hay dos países que eligieron su futuro en referéndum: Grecia que superó la monarquía y la dictadura de los coroneles. Y la dictadura de Portugal después de la revolución de los claveles, estableció una democracia en cuya república no tuvieron lugar los políticos del viejo régimen.
¿Es un disparate afirmar que la democracia española está cimentada sobre una farsa? Donde se confunde maliciosamente el Estado de Derecho cimentado en la confusión de la Legalidad, la Legitimidad y la Justicia. Con la Ciencia Política en las manos, muerto el genocida dictador solo había dos caminos: restaurar la República de 1931 o celebrar un referéndum que preguntara de forma nítida: República o Monarquía.
TERCERA PARTE
EL PERIODISMO 1975-2023 ARTÍCULO 20 DE LA CONSTITUCIÓN
El esquema de trabajo de esta tercera parte, pretende presentar el bastidor sobre el cual se bordó con auténtica maestría una transición, de una dictadura a una monarquía parlamentaria. Saltándose la voluntad popular.
Para analizar este enunciado en su auténtica naturaleza es preciso separar aquello que se viene reconociendo como Periodismo cuando no lo es… Más tarde se puede matizar aquello que nunca estuvo al servicio del artículo 20 de la Constitución. Que son aspectos muy diferentes. El NO-DO de la dictadura se transformó en la Prensa Oficial bajo los auspicios de la única pluralidad social y política que dio soporte a la mal llamada Transición modélica exportable… Es decir, la pluralidad inquebrantable a la única solución política al franquismo, llamado Consenso para la Convivencia. Este NO-DO siguió aceptando la Constitución como la mejor fórmula viable para evitar la involución. Pero esta pluralidad se aprovechó de que bajo la tutela del Ejército el Neo Franquismo quedó “atado y bien atado”.
Entonces ¿Quién o quiénes constituyen la otra pluralidad? Pues aquellas personas o entes que quedaron fuera de la redacción de la Constitución Española y su desarrollo: Los Nacionalistas, Los Secesionistas, Los Sindicatos, Los Republicanos, El Movimiento LGTBI, dicho de otro modo, aquellos que no constituyen la España Oficial. La prensa tradicional ha visto la clausura de dos diarios en plena democracia: Liberación y Público. Toda la prensa nacional constituye La voz de su amo. Fue un escándalo el maridaje del Gobierno y El País. Bien es verdad que la prensa de las autonomías al menos se hacen eco de las sensibilidades secesionistas. Los periodistas de los periódicos nacionales son pagados por el nuevo NO-DO oficial. Son polea de transmisión de los partidos políticos. Como anécdota se puede mencionar que cuando salió a los quioscos LA RAZÓN su precio fue la mitad que El PAÍS… ¿Quién lo financió y quien lo financia?
CUARTE PARTE
INTERNET Y LA PRENSA ESPAÑOLA
El siglo XXI nos presenta tres canales principalmente a través de los cuales circula la Información, ceñido siempre este concepto al Art. 20 de la Constitución Española:
- La prensa tradicional comercializada a través de los quioscos y otros comercios vendedores de periódicos y revistas. Es evidente que esta prensa siempre ha estado al servicio de la España Oficial y sus periodistas son correo de transmisión del mosaico de los partidos políticos constitucionalistas. Se pueden incluir en esta misma naturaleza las emisoras de radio y canales de televisión, que pretenden dar un servicio de Información según el Art. 20 de la Constitución.
- La prensa digitalizada (Páginas Web) colgada en Internet, gratuita o por suscripciones. En este apartado podemos incluir la versión Web de las ediciones impresas. Algunas de ellas con suscripción de internautas.
- Los Blog’s creados y alimentados por los blogueros. Las Redes Sociales suponen una amplia oferta de toda naturaleza y especialización. Están surgiendo auténticos periodistas autónomos libres independientes. Plataformas de Periodistas que representan la otra España al margen del Franquismo y la Monarquía Franquista. Por supuesto, anticonstitucional al margen del texto atado y bien atado de los Siete Padres de la Constitución de 1978.
- Infinidad de Canales de Televisión gratis y por suscripción dedicados a la Información. En este apartado es preciso hacer una marcada separación entre los informativos de televisión, los tradicionales telediarios y la más generalizada cada día de la televisión espectáculo o de distracción, conocida como telebasura. Es fácil observar que la Información se transmite a través de tres canales: 1º nivel. Noticias 24 horas en directo sin valoración de ningún tipo. Información directa de los Consejos de Ministros, Sesiones de Control del Gobiernos desde el Congreso y el Senado, Ruedas de Prensa de cualquier político en Sede Parlamentaria o en la sede de los partidos. Incluyendo la actividad política de las Comunidades Autónomas. 2º nivel. Estas noticias son tomadas por los creadores de la opinión pública, como material utilizable en tertulias y entrevistas, cuyos tertulianos son especialistas de casi nada, pero donde opinan de casi todo. Se denominan periodistas, pero no lo son. 3º nivel. Los noticiarios o telediarios que ofrecen estas mismas noticias, pero a través de un guion escrito en base a la tendencia del medio. Narradas por bustos parlantes, apoyados por fragmentos seleccionados con imágenes de apoyo. En este caso tampoco son periodistas. 4º nivel. Los periódicos se venden poco en los quioscos. Las Redacciones de los Diarios escriben las líneas editoriales que sus colaboradores llevan a las mesas de análisis y comentaristas en tertulias de los diversos canales de TV, a veces auténticos gallineros. En la parte inferior del busto parlante se escribe su nombre y el medio al cual pertenece. A veces se oculta el medio y se menciona solamente periodista, pero no hay ninguna duda sobre la tendencia del periodista en pantalla. Evidentemente se salvan de esta tergiversación del periodismo, aquellos profesores, doctores, especialistas, etc. Se salvan de apoyar a ningún medio, pero no por eso están excluido de la España Oficial de la Transición. En honor a la verdad se salvan algunos francotiradores que sí son independientes al margen de la España Oficial.
EPÍLOGO
LO QUE NO ES PERIODISMO EN TIEMPOS DE TRANSICIÓN
Cinco puntos para reflexionar:
- Dependencia total de los poderes político y financiero.
- Práctica del corporativismo para auto protegerse.
- Ausencia total de la crítica y de la autocrítica.
- Pacto tácito para silenciar los desmanes del Rey para salvar la Transición.
- En qué consiste el respeto al legado (*) de Juan Carlos I
Reflexión final: Los Medios de Comunicación qué periodismo pueden ofrecer a los estudiantes que en la actualidad estudian en las diversas Universidades Españolas y Escuelas de Negocios.
Se puede consultar en este Blog LA REPÚBLICA ESPAÑOLA 1931
http://segunda-republica-espanola.blogspot.com/2023/04/la-repulica-espanola-1931.html
LA TELEBASURA HECHA A PROPIO INTENTO
http://www.azperiodistas.com/la-telebasura-hecha-a-propio-intento/1556
(*) Legado
En la Roma antigua, representante de los procónsules y de los emperadores en
las provincias del imperio.
En la milicia de los antiguos romanos, jefe o cabeza de cada legión.
Persona enviada por una alta autoridad para tratar un negocio.
- legado a latere
- legado apostólico, cardenal con amplias atribuciones.
- legado pontificio
Eclesiástico que, por delegación del papa, lo representa y ejerce alguna de sus
facultades.
Disposición legalmente formalizada que de un bien o de una parte del conjunto de sus bienes hace el testador a favor de alguien y que debe ser respetada por el heredero o herederos.
Aquello que se deja o transmite a los sucesores, sea cosa material
o inmaterial.