ENSAYO SOBRE EL LEGADO DE JUAN CARLOS I (*)
Pedro Taracena Gil
Periodista NO del Régimen del 78
Para mejor comprender este presunto legado hay que utilizar los conceptos Legitimidad, Legalidad y Justicia en su verdadero sentido etimológico. La principal diferencia entre legalidad y legitimidad es que el concepto de legítimo o legitimidad hace referencia también a una consideración ética y moral. Es decir, que es un concepto jurídico, pero también un concepto moral. Para restaurar la Monarquía Española hubiera sido imperativo que el heredero legal, es decir, Juan de Borbón fuera elegido por ser el legítimo heredero de la Corona. No obstante, Francisco Franco tergiversó esa legitimidad e impuso una instauración en lugar de una restauración. Luego esa legalidad abandonó la cualidad de ser legítima.
Franco fue designado como Caudillo de España por la Gracia de Dios. Su dictadura fue legal pero su legitimidad estaba fundamentada en su Victoria en la Guerra Civil que el genocida general provocó al dar un Golpe de Estado, contra la República legal y legítimamente implantada. Otro conflicto entre la Legalidad y la Legitimidad hispanas.
La Constitución Española se considera un documento legal, pero está carente de legitimidad. En cualquier Manual de Política Democrática, el que un genocida designe a su sucesor a la Jefatura del Estado, sin referéndum popular, carece de toda legitimidad inclusive carece de moral. Con ausencia de Justicia Universal.
El Estado de Derecho que gozaba la República Española a nivel internacional, aún está por recuperase en la España actual. La Monarquía Parlamentaria goza de un reconocimiento internacional. Es legal, pero hunde sus raíces en el fraude cometido en el Referéndum de la Ley de la Reforma Política. De ello la Historia pedirá cuentas a Juan Carlos I y Adolfo Suárez. Pero sobre todo al Capital, al Ejército, a la Iglesia y a la Prensa, que han creado la Gran Farsa se la Transición. España puede ser un estado formal y legal, pero carece de legitimidad original. La legitimidad republicana de la cual gozaba de 1931 a 1939. Donde la Justicia emanaba del pueblo y la República gozaba del Estado de Derecho.
(*) Legado
En la Roma antigua, representante de los procónsules y de los emperadores en
las provincias del imperio.
En la milicia de los antiguos romanos, jefe o cabeza de cada legión.
Persona enviada por una alta autoridad para tratar un negocio:
- legado a latere
- legado apostólico, cardenal con amplias atribuciones.
- legado pontificio
Eclesiástico que, por delegación del papa, lo representa y ejerce alguna de sus
facultades.
Disposición legalmente formalizada que de un bien o de una parte del conjunto de sus bienes hace el testador a favor de alguien y que debe ser respetada por el heredero o herederos.
Aquello que se deja o transmite a los sucesores, sea cosa material
o inmaterial.